¿Qué conceptos pueden ser facturados en la contratación del suministro? - Oficina Virtual
El Decreto 3068/75, de 31 de octubre, establece que en la contratación del suministro se pueden facturar los siguientes conceptos:
- Cuota de red: corresponde al importe de las obras de adaptación y mejora de la red existente. Este concepto se facturará como norma general para los nuevos suministros solicitados.
- Cuota de enganche: se trata de los costes derivados de la ejecución de la obra, tales como materiales y mano de obra.
- Anticipo de consumo: es una cantidad que cubre el importe de la facturación del suministro de agua y que responde a las obligaciones económicas contraídas. Este importe será devuelto al cliente a la finalización de la relación contractual, mediante la solicitud expresa del mismo y siempre y cuando se hayan cumplido las obligaciones contraídas por parte de este. Este concepto no existe en el caso de acometidas de protección contra incendios (PCI) y en los distribuidores principales (DP) y distribuidores principales únicos (DPU) que dan servicio a baterías de contadores.