Indicaciones de uso de la factura electrónica

Indicaciones de uso de la factura electrónica

1.- Objeto
2.- Características del servicio
3.- Requisitos
4.- Alta en el servicio
5.- Entrada en vigor
6.- Compromisos de Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M.P.

 

PRIMERA. OBJETO

 

El objeto de las presentes Indicaciones de uso describe el servicio de facturación electrónica por Internet o "efactura" que Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M.P., como consecuencia de su obligación legal de expedir y remitir facturas electrónicas, pone a disposición de todos sus clientes.

 

SEGUNDA. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO

 

2.1. El servicio de facturación electrónica a clientes por Internet o "efactura" es un servicio disponible a través de la Oficina Virtual y no supondrá ningún coste añadido para el cliente, al tratarse de un servicio que Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M.P. ofrece gratuitamente. El cliente conforme lo indicado en las Condiciones Generales de la Contratación podrá dejar de recibir la factura electrónica en cualquier momento y recibir la factura en soporte papel. Para ello únicamente tendrá que solicitarlo mediante comunicación escrita a Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M.P. y/o llamando al número gratuito del Servicio de Atención al Cliente 900.365.365.

 

2.2. Las facturas que emita Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M.P. por consumo de agua serán cargadas y almacenadas por un periodo mínimo de 5 años en la mencionada Oficina Virtual, en el sitio web http://www.canaldeisabelsegunda.es. Por lo tanto, el cliente podrá visualizarlas a través de Internet en idéntico formato al que tendrían dichas facturas en caso de haber sido enviadas en soporte papel a su domicilio.

 

2.3. En cualquier caso, el cliente podrá solicitar un duplicado de la factura en soporte papel a través de los canales comerciales habituales que Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M.P. pone a disposición de sus clientes mediante el Servicio de Atención Telefónica, en el teléfono 900 365 365, o en las Oficinas Comerciales o mediante solicitud escrita.

 

2.4. El servicio de factura electrónica permite, además de la visualización en pantalla de la imagen de la factura y del detalle, su descarga en el lugar que indique el usuario. La factura electrónica así obtenida se basa en la utilización de un sistema de firma electrónica que permite garantizar la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, en los términos que se contemplan en la normativa aplicable.

 

2.5. La factura electrónica se pondrá a su disposición por cualquier medio electrónico válido de comunicación facilitado por el cliente.

 

2.6. En todo caso, será responsabilidad del cliente mantener actualizada la dirección de correo electrónico. La no recepción por parte del cliente de este aviso de disponibilidad, bien por error en la dirección de correo electrónico facilitada a Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M.P., bien por cualquier otro motivo, no implicará que deje de facturarse electrónicamente.

 

TERCERA.- REQUISITOS

 

3.1.Facilitar y mantener datos veraces y exactos, así como responder de la veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de los datos facilitados.

 

3.2.Ser titular de los contratos de servicio de suministro de agua asociados al correo electrónico que el cliente haya facilitado a Canal o bien haber sido autorizado por el titular de los contratos.

 

3.3.Disponer de un navegador para acceder a la Oficina virtual y una conexión de acceso por Internet.

 

3.4.Disponer de un visualizador de ficheros electrónicos.

 

3.5.Modificar periódicamente su contraseña de acceso y no facilitarla a terceros.

 

3.6.Comunicar a Canal lo antes posible el robo o extravío de sus claves de acceso para bloquear su cuenta y evitar los accesos no autorizados. El cliente responderá de los perjuicios causados como consecuencia de la pérdida de confidencialidad de sus contraseñas.

 

CUARTA.- ALTA EN EL SERVICIO

 

El alta en este servicio se producirá automáticamente al facilitar el Cliente una dirección electrónica, y remitirle Canal las claves de acceso a la Oficina Virtual.

 

QUINTA.- ENTRADA EN VIGOR

 

Canal prestará el servicio de factura electrónica una vez que el cliente haya facilitado su correo electrónico, sin perjuicio de que el cliente, en cualquier momento, puede solicitar la baja del servicio de factura electrónica.

 

SEXTA.- COMPROMISOS DE CANAL DE ISABEL II, Sociedad Anónima, M.P.

 

6.1.Registrar el correo electrónico del cliente en la Oficina Virtual y remitir al correo electrónico facilitado por el cliente el aviso de disponibilidad de la factura.

 

6.2. Asegurar que el cliente pueda consultar su factura electrónica.

 

6.3.Facilitar, al correo electrónico proporcionado por el cliente, la contraseña de acceso para acceder al servicio.

 

6.4.Proporcionar junto al mensaje de aviso remitido al correo electrónico, únicamente parte de la información relativa a su factura.

 

6.5.Solicitar al cliente la autenticación mediante la validación de su clave de usuario y contraseña, que serán únicas para cada cliente y serán informadas de manera confidencial a través del email facilitado.

 

6.6.Posibilitar que el cliente en todo momento pueda modificar su clave de acceso.

 

6.7.Bloquear el usuario de acceso a la Oficina Virtual, previa comunicación fehaciente del cliente.